Vuelo cancelado o retrasado - Aeropuerto Seúl
¿Vuelo cancelado o retrasado en el aeropuerto ICN de Seúl? Descubra sus derechos a compensación. El Reglamento CE 261/2004 protege a los pasajeros aéreos en vuelos desde la Unión Europea y en aerolíneas europeas.
Importes de compensación según la distancia
- 250 € para vuelos de menos de 1.500 km
- 400 € para vuelos entre 1.500 y 3.500 km
- 600 € para vuelos de más de 3.500 km
Condiciones de elegibilidad
El Reglamento CE 261/2004 se aplica a los vuelos que salen de un aeropuerto de la UE (independientemente de la aerolínea) y a los vuelos hacia la UE operados por una aerolínea europea. Las circunstancias extraordinarias (condiciones meteorológicas extremas, huelgas del control aéreo, riesgos de seguridad) pueden eximir a la aerolínea.
Nota: dado que Corea del Sur no es miembro de la Unión Europea, el Reglamento CE 261/2004 solo se aplica a los vuelos desde ICN operados por aerolíneas europeas, o a los vuelos con destino a la UE.
Cómo reclamar su compensación
- Conserve su tarjeta de embarque y su confirmación de reserva
- Anote la hora exacta de llegada a su destino final
- Guarde todos los justificantes de gastos realizados (comidas, hotel, transporte)
- Utilice el formulario a continuación para verificar su elegibilidad
Verificar mi indemnización
¿Su vuelo con origen o destino Seúl (ICN) ha sido cancelado, retrasado más de 3 horas o sobrevendido? Puede tener derecho a una indemnización de hasta 600€ por pasajero.
Vuelos < 1 500 km
Vuelos 1 500 - 3 500 km
Vuelos > 3 500 km